Acuerdos
e instrumentos
normativos
Ya desde
el siglo
XVIII
se comenzó
a explotar
la fauna
de las
islas
cercanas
al continente
Antártico.
Distintas
especies
de ballenas,
de focas,
de lobos
marinos,
de pingüinos
y peces
fueron
llenando
las bodegas
de los
buques
que venían
mayormente
del norte
de Europa
en busca
de esta
riqueza
que al
no estar
sobre
territorios
con absoluto
dominio
de alguna
nación,
les permitía
hacer
uso desaprensivo
de los
recursos.
El momento
más
álgido
fue cuando
a fines
de la
década
de 1860
se inventa
el cañón
para lanzar
arpones
y la caza
de la
ballena
empieza
a ser
muy intensiva,
observándose
a los
pocos
años
una notoria
merma
en sus
poblaciones
y muchos
años
antes
, alrededor
de 1830,
ya se
había
observado
el mismo
fenómeno
con las
focas
peleteras.
Esta situación,
sin demasiados
cambios
se mantuvo
hasta
ya entrado
el siglo
XX. 
Desde
julio
de 1957
a diciembre
de 1958
se concretó
un esfuerzo
único
por su
alcance
en la
historia
de la
ciencia.
Más
de 30.000
científicos
y técnicos
de 66
países
cooperaron
en una
serie
de observaciones
sobre
la Tierra
y sus
alrededores
cósmicos,
denominándolo
Año
Geofísico
Internacional.
Fueron
cinco
áreas
del conocimiento
donde
más
de centró
la actividad
de investigación.
Ellas
fueron:
actividad
solar,
rayos
cósmicos,
geomagnetismo,
auroras
boreales
y física
ionosférica.
Sólo
en 1959,
casi 500
cohetes
de investigación,
12 satélites
científicos
y 5 sondas
espaciales
realizaron
importantes
observaciones
directamente
en el
espacio,
al mismo
tiempo
que suministraban
una nueva
perspectiva
de la
propia
Tierra
y de la
baja atmósfera.
El éxito
de este
esfuerzo
mancomunado
propició
la creación
de un
ámbito
internacional
de estudio
y surgió
la idea
de destinar
para tal
fin al
Continente
Antártico
a lo que
se sumaba
con mucho
peso la
gran depredación
que se
estaba
llevando
a cabo
en esos
territorios
sobre
los distintos
recursos
naturales.
Fue así
como en
1959 un
grupo
de naciones
tuvieron
la iniciativa
de lograr
esos objetivos
y el 1
de diciembre
del mencionado
año
se firma
en Washington
el Tratado
Antártico,
mediante
el cual
las naciones
firmantes
- Argentina,
Australia,
Bélgica,
Chile,
Estados
Unidos
de Norteamérica,
Francia,
Gran Bretaña,
Irlanda
del Norte,
Japón,
Noruega,
Nueva
Zelanda,
Rusia
(ex U.R.S.S.)
y la actual
República
Sudafricana-
se comprometen
a preservar
el continente
blanco
para que
ser utilizado
como zona
de paz,
reserva
ecológica
y centro
de investigación
y estudio
de las
distintas
disciplinas
vinculadas
al estudio
de los
fenómenos
naturales
y adoptan
como idiomas
oficiales
de la
convención
el español,
inglés,
francés
y ruso.
Siete
países
entre
todos
los firmantes
mantuvieron
reclamos
de soberanía
sobre
el Antártico:
Argentina,
Australia,
Chile,
Francia,
Noruega,
Nueva
Zelanda
y Gran
Bretaña,
que fueron
reflejadas
en los
tratados
sin reconocerlas
ni rechazarlas,
simplemente
aceptando
su existencia.
El tratado
fue redactado
de conformidad
con la
Carta
de las
Naciones
Unidas
permitiendo
que suscriban
al mismo
tanto
las naciones
miembros
de la
ONU ,
como aquellas
que no
lo sean.
Esto queda
claramente
expresado
en las
consideraciones
del Tratado
Antártico
al decir:
“...
convencidos,
también,
de que
un tratado
que asegure
el uso
de la
Antártida
exclusivamente
para fines
pacíficos
y la continuación
de la
armonía
internacional
en la
Antártida
promoverá
los propósitos
y principios
enunciados
en la
carta
de las
Naciones
Unidas.”
Y así
fue como
a lo largo
del tiempo
se han
incorporado
muchos
estados
como Partes
Consultivas
del Tratado
o como
Adherentes
a sus
principios.
Los Consultivos
son participantes
con voz
y voto
en las
Reuniones
Consultivas
y son
los 12
países
signatarios
originales,
más
los Estados
que cumplieran
con los
requisitos
para ello
y obtengan
el estatus
de Partes
Consultivas,
para lo
cual deben
realizar
investigaciones
en la
Antártida
o haber
construido
una base.
Los Adherentes
son aquellos
estados
que aunque
no realizan
actividad
antártica
alguna,
sí
se adhieren
al Tratado
aceptando
los principios
y objetivos
del Tratado
Antártico.
Transcurridos
muchos
años
de la
firma
del Tratado
Antártico
este sigue
plenamente
vigente
y se ha
promovido
la creación
de nuevas
convenciones:
- Convención
de medidas
para la
Protección
de la
Flora
y Fauna
Antárticas,
celebrada
en Bélgica
en el
año
1964.
- La
Convención
para la
Conservación
de Focas
Antárticas
(ASC),
celebrado
en 1972
y puesto
en vigencia
en 1978.
- La
Convención
para la
Conservación
de los
Recursos
Vivos
Marinos
Antárticos
(CCMLAR),
que se
celebró
en Camberra
en 1980
y entró
en vigor
el 7 de
abril
de l982.
- Convención
para la
Regulación
de las
Actividades
sobre
Recursos
Minerales
Antárticos
(CRAMRA).
-Convención
que reglamenta
la caza
de la
ballena,
adoptando
los principios
básicos
del Acuerdo
Internacional
en ese
rumbo,
firmado
en Londres
el 8 de
junio
de 1937
y posteriores
protocolos.
-El
Protocolo
al Tratado
Antártico
sobre
Protección
del Medio
Ambiente,
firmado
en Madrid
el 4 de
octubre
de 1991.
En este
documento
se reafirman
los fines
del Tratado
Antártico
especialmente
en lo
que respecta
a la preservación
del medio
ambiente
para lo
cual se
crea un
Comité
específico.
Argentina
tuvo siempre
una tradición
antártica
basada
en su
presencia
ininterrumpida
en el
continente
desde
1904,
por lo
que fue
uno de
los países
más
sustentadores
de este
acuerdo
internacional,
que casi
sin precedentes,
logró
unir las
voluntades
de naciones
de todo
el orbe
en pro
de una
convivencia
pacífica
y en la
coadmistración
armónica
de una
región.
El Protocolo
de Madrid
con sus
cuatro
primeros
anexos
entró
en vigencia
el 14
de enero
de 1998.
La República
Argentina
ratificó
el protocolo
mediante
la Ley
N°
24.216
del 19
de mayo
de 1993.
Los Anexos
del Protocolo
de Madrid
hoy son
cinco
y tratan
los siguientes
temas:
- Anexo
I se ocupa
de la
Evaluación
del impacto
sobre
el medio
ambiente.
- Anexo
II compete
sobre
Conservación
de la
fauna
y flora
antárticas.
- Anexo
III trata
sobre
Eliminación
y tratamiento
de residuos.
- Anexo
IV ordena
la Prevención
de la
contaminación
marina.
- Anexo
V se refiere
Protección
y Gestión
de zonas.
Este último
anexo
es el
que modifica
las categorías
de las
Áreas
Naturales
Protegidas
establecidas
originariamente
en el
Tratado
Antártico.
Otros
instrumentos
legales
- algunos
funcionan
como órganos
de contralor-
son:
- Comité
Permanente
de Logística
y Operaciones
Antárticas
(SCALOP)
- Comité
Científico
de Investigaciones
Antárticas
(SCAR)
-Reunión
de Administradores
de Programas
Nacionales
Antárticos
(COMNAP)
- Reunión
de Administradores
de Programas
Antárticos
Latinoamericanos
(RAPAL)
integrado
por Argentina,
Brasil,
Chile,
Ecuador,
Perú
y Uruguay.
Zonas
protegidas
El Tratado
Antártico,
como uno
de los
principales
instrumentos
de protección,
definió
las cualidades
de zonas
protegidas,
que se
hicieron
efectivas
en la
categorización
estipulada
en la
Recomendación
III-8
del año
1966.
En esta
se establecen
las siguientes
clases
de áreas
naturales
protegidas
( luego
modificadas
por el
Protocolo
de Madrid
) :
a)
Zonas
Especialmente
Protegidas
(ZEP)
o Specially
Protected
Areas
(SPA).
Son consideradas
tales
aquellos
sitios
que posean
un interés
científico
excepcional,
por lo
que las
actividades
están
restringidas
al máximo.
b)
Sitios
de Especial
Interés
Científico
(SEIC)
o Site
of Special
Scientific
Interest
(SSSI).
A semejanza
de la
categoría
anterior
protege
la zona
con interés
científico
importante
pero además
ampara
de una
forma
especial
el trabajo
de investigación
que se
esté
realizando
en el
área.
Hay tres
Sitios
de Especial
Interés
Científico
que están
bajo Administración
Argentina
de acuerdo
a lo estipulado
en la
Recomendación
XV-8 de
1985.
Son los
ya mencionados
Península
Potter,
Punta
Armonía
y Punta
Cierva.
El Protocolo
al Tratado
Antártico
Sobre
Protección
del Medio
Ambiente
establece
en el
Anexo
V un cambio
dentro
del esquema
de zonas
protegidas
en el
Continente
Antártico,
creando
dos nuevas
categorías
que reemplazan
a las
existentes.
Una de
ellas
se denomina
Zonas
Antárticas
Especialmente
Protegidas,
en idioma
inglés
Antartic
Special
Protected
Areas
–
ASPAs
-.
Los denominados
hasta
en aquél
momento
Sitios
de Especial
Interés
Científico
y las
Zonas
Especialmente
Protegidas
tomarán
a partir
de la
puesta
en vigencia
del Protocolo
de Madrid
el nombre
de la
categoría
reconocida
por las
siglas
ASPAs.
. La otra
nueva
categoría
asignada
a algunas
áreas
es la
de Zonas
Antárticas
Especialmente
Administradas,
en idioma
inglés
Antartic
Special
Management
Areas
–
ASMAs-.
Estas
áreas
amparan
sectores
terrestres
o marinos
y tienen
como principal
objetivo
contribuir
al planeamiento
y coordinación
de diferentes
tipos
de actividades.
Por último
se asignó
una categoría
nueva
denominada
Sitios
y Monumentos
Históricos
que cada
país
miembro
debe proponer
en las
Reuniones
Consultivas.
Estos
lugares
deben
constar
de carteles
calificadores
del lugar
en los
cuatro
idiomas
del Tratado.
Las características
que debe
reunir
una región
para ser
designada
Área
Antártica
Especialmente
Protegidas,
según
consta
en el
Artículo
3 del
Anexo
V, son:
a)
Areas
mantenidas
invioladas
con respecto
a cualquier
interferencia
humana
de tal
modo que
sean posibles
comparaciones
futuras
con localidades
que hayan
sido aceptadas
por actividades
humanas;
b)
ejemplos
representativos
de ecosistemas
terrestres
mayores,
incluyendo
acuáticos
y glaciales,
y también
ecosistemas
marinos;
c)
Areas
con reuniones
importantes
o desusadas
de especies,
incluyendo
colonias
mayores
de aves
nativas
en reproducción
o mamíferos
nativos
en reproducción;
la localidad
tipo o
el único
hábitat
conocido
de cualquier
especie;
e)
Area de
Particular
Interés
para investigación
científica
en curso
o planificada;
ejemplos
de destacada
características
geológicas,
glaciológicas
o geomorfológicas;
g)
Areas
de destacado
valor
estético
y silvestre;
h)
Sitios
o monumentos
de valor
histórico
reconocido;
y
i)
Tales
otras
áreas
como sea
apropiado
para proteger
los valores
señalados
en el
párrafo
1 arriba.
Y, siempre
de acuerdo
a lo estipulado
por el
Anexo
V del
Protocolo
al Tratado
Antártico,
serán
Áreas
Antárticas
Especialmente
Administradas
las que
reúnan
los siguientes
requisitos:
cualquier
área
incluyendo
cualquier
área
marina,
en la
cual se
están
llevando
a cabo
actividades
o se pueden
llevar
a cabo
en el
futuro'
pueden
ser designadas
como un
AREA ANTARTICA
ESPECIALMENTE
ADMINISTRADA
para asistir
en el
planeamiento
y coordinación
de actividades,
evitar
posibles
conflictos,
mejorar
la cooperación
entre
las Partes
o minimizar
impactos
ambientales.
Tales
AREAS
ANTARTICAS
ESPECIALMENTE
ADMINISTRADAS
pueden
incluir
áreas
en las
cuales
las actividades
presentan
riesgos
de mutua
interferencia
o de impactos
ambientales,
acumulativos
y sitios
o monumentos
de valor
histórico
reconocido.
Continúa
el Artículo
4 diciendo:
“
No se
requerirá
permiso
para ingresar
a un AREA
ANTARTICA
ESPECIALMENTE
ADMINISTRADA
puede
contener
una o
más
AREAS
ANTARTICAS
ESPECIALMENTE
PROTEGIDAS
en las
cuales
el ingreso
estará
prohibido
salvo
si se
cuenta
con un
permiso
expedido
de acuerdo
al Artículo
7†.
Hay dos
categorías
más,
con muy
pocas
designaciones,
que se
han señalado
bajo convenciones
dentro
del Tratado
Antártico.
Ellas
son Reservas
de Sellos
(CCAS),
especificadas
en 1972
y Sitios
del programa
de supervisión
del ecosistema
de CCAMLR,
que se
fijaron
en la
Convención
sobre
Recursos
Marinos
Vivos
Antárticos.
Áreas
Protegidas
en el
Territorio
Antártico
Argentino.
(Fuente
: Dirección
Nacional
del Antártico)
Zonas Especialmente Protegidas (ZEP)
Specially
Protected
Areas
(SPA) |
Nro |
Nombre |
Ubicación |
8 |
Islotes Dion, Bahía
Margarita,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
67° 52'S, 68° 43' W |
9 |
Isla Verde, Islas Orcadas
del
Sur |
65° 19' S, 64° 10' W |
13 |
Isla Moe, Islas Orcadas
del
Sur |
60° 40' S,
45° 41' W |
14 |
Isla Lynch, Islas Orcadas
del
sur |
60° 45' S, 45° 02' W |
15 |
Isla Powell e islas adyacentes,
Islas
Orcadas
del
Sur |
60° 45' S, 45° 02' W
|
16 |
Península mina
de
Cobre,
Isla
Robert,
Islas
Shetland
del
sur |
62° 23'S, 59° 42' W |
17 |
Isla Litchfield, Puerto
Arturo,
Archipiélago
Palmer,
costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
66°
16' S, 64†
06'
W |
18 |
Norte de la Isla Coronación,
Islas
Orcadas
del
Sur |
60°
31' S, 45°
41'W
60° 37'
S,
45° 36'
W
60° S,
45° 29'
W
|
19 |
Isla Lagotellerie, Bahía
Margarita,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
67° 53' S, 67° 24' W
|
21 |
Isla Avian, Bahía
Margarita,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
67° 46' S, 68° 54' W |
23 |
Laguna Forlidas y Lagunas
del
Valle
Davis,
Macizo
Dufek,
Tierra
de
Ellsworth |
82° 27' S, 68° 54' W |
Sitios de Especial Interés Científico
(SEIC)
Site
of
Special
Scientific
Interest
(SSSI) |
Nro |
Nombre |
Ubicación |
5 |
Península Fildes,
Isla
25
de
Mayo,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
13'
S,
59° 00' W |
6 |
Península Byers,
Isla
Livingston,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
38'
S,
61° 05' W |
8 |
Costa Occidental de la
Bahía
Lasserre/del
Almirantazgo,
Isla
25
de
Mayo,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
00'
S,
58° 23' W
62° 15' S, 58°
30'
W |
9 |
Punta Rothera, Isla Belgrano/Adelaida,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
67°
34'
S,
68° 08' W |
13 |
Península Potter,
Isla
25
de
Mayo,
Islas
Shetiand
del
Sur
|
62°
15'
S,
58° 37'W |
14 |
Punta Armonía,
Isla
Nelson,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
18'
S,
59° 14' W |
15 |
Cabo Tisné/Primavera
e
islas
vecinas,
Costa
Oeste
de
Península
Antártica |
64°
10´ S, 60°
57'
W |
Sitios de Especial Interés Científico
(SEIC)
-
Site
of
Special
Scientífic
Interest
(SSSI) |
Nro |
Nombre |
Ubicación |
20 |
Punta Biscoe, Isla Amberes/Anvers,
Archipiélago
Palmer,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
64°
49'
S,
63° 49' W |
21 |
Isla Decepción,
Islas
Shetiand
del
Sur
(5
áreas)
Zona A: De Punta Entrada a Punta
Collins
Zona
B:
Bahía
1ro
de
Mayo/Del
Centro
Zona C: Bahía Teléfono
Zona D: Caleta Péndulo
Zona E: Laguna Verde/Pennilea
|
62°
55'
S,
63° 49' W |
26 |
Bahía Chile/Discovery,
Isla
Greenwich,
Islas
Shetland
del
Sur |
62° 28' 09" S,
59° 41' 12" W
62°
29'
03"
S,
59° 41' 43" W |
27 |
Puerto Foster, Isla Decepción,
Islas
Shetland
del
Sur
(2
áreas) |
62°
55'
05"
S,
60° 38' W
62° 56' 02" S, 60°
37´ W |
28 |
Bahía del Sur,
Isla
Doumer,
Archipiélago
Palmer,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
64°
51'
42"
S,
63° 35' 20" W
|
29 |
Punta Ablación,
Cumbres
Ganymede,
Isla
Alejandro
1ro,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
70°
49'
S,
68° 25' W |
31 |
Monte Flora, Bahía
Esperanza,
Punta
Norte
de
la
Península
Antártica |
63°
25'
S,
57° 01' W |
32 |
Cabo Alvarado/Shirreff,
Isla
Livingston,
Islas
Shetland
del
Sur |
62° 27´ S, 60° 47´ W |
33 |
Isla Ardley, Bahía
Guardia
Nacional,
Isla
25
de
Mayo,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
13'
S,
58° 54' W |
34 |
Cabo Anca de León,
Isla
25
de
Mayo,
Islas
Shetland
del
Sur |
62°
07'
48"
S,
58° 09' 17" W
62° 07' 49" S,
58°
07'
14"
W
62° 08' 19" S,
58°
07'
19"
W
62° 08' 16" S,
58°
09'
15"
W |
35 |
Sector Occidental del
Mar
de
la
Flota,
frente
a
la
Isla
Baja,
Islas
Shetland
del
Sur |
63°
20'
S,
61° 45' W
63° 35' S,
62°
30'
W |
36 |
Sector Oriental de la
Bahía
Dallmann,
frente
a
la
costa
occidental
de
la
Isla
Brabante,
Archipiélago
Palmer,
Costa
Oeste
de
la
Península
Antártica |
64°
00'
S
y
64° 20' S, 62°
50'
W |
Investigación y Textos: Gabriel O. Rodriguez
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