Razón de su creación
Originariamente la Reserva de Investigación Científica que se analiza fue creada por resolución de la Dirección de Fauna Silvestre, Dependiente del Consejo Agrario Provincial, mediante la Disposición Nº 14/ 89 (año 1989) y posteriormente, en 2004, una Ley Provincial ratifica dicha creación.
LEY N° 2737
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
Artículo 1.- CREASE la Reserva Provincial "MONTE LOAYZA", en el marco de lo establecido por la Ley 786, sector limitado por las coordenadas que se indican y describen en el croquis y memoria adjunta como Anexo I.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá elaborar el Plan de Manejo de la Reserva, disponiendo para ello de un plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la sanción de la presente ley.
Artículo 3.- Dicho Plan deberá ser girado a la Honorable Cámara de Diputados, la que deberá proceder en un plazo de sesenta (60) días a su tratamiento y sanción.
Artículo 4.- El Consejo Agrario Provincial, la Subsecretaría de Turismo y la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia, tendrán a su cargo la dirección y el manejo del área en forma provisoria.
Artículo 5.- Quedan suspendidas por el término de doscientos cuarenta (240) días, a partir de la sanción de la presente, la aprobación de las nuevas subdivisiones, proyectos de desarrollo o cualquier otro acto que pudiera comprometer el destino de las tierras de la Reserva.
Artículo 6.- Los recursos necesarios para el cumplimiento de la presente serán previstos en el Presupuesto 2005-2006.
Artículo 7.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS;11 de Noviembre de 2004.-
CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz |
JORGE MANUEL CABEZAS
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz |
ANEXO I
UBICACION GEOGRAFICA
Ubicación de las áreas protegidas marinas y costeras de la Argentina, entre las que se encuentra el Monte Loayza.-
*Creado en el año 1989 por Disposición N° 14/89
Localidad más cercana: Puerto Deseado a 120Km.
Latitud Sur: 47° 49' Longitud oeste: 66° 51'
Tipo de Administración: Privado
Dominio de la tierra: Privada
Jurisdicción: Provincial
Entre la fauna más conspicua se destaca el guanaco, la mara y el choique. El Refugio es vecino del Área Uso Exclusivamente Científico Monte Loayza (Resolución Consejo Agrario Provincial 1989). Esta Área Protegida Provincial Costera protege el mayor asentamiento de mamíferos marinos de la costa santacruceña y la zona de nidificación de tres especies de cormoranes, características por las cuales es considerada Área de Biodiversidad Sobresaliente.
En este Refugio se llevan adelante experiencias de uso sustentable de guanaco y un proyecto que busca implementar el ecoturismo como actividad productiva del campo.
DESCRIPCIÓN GENERAL Y BIODIVERSIDAD:
Humedal costero ubicado al sur del golfo San Jorge, con costa de acantilados, playa de canto rodado o arena y restingas. La vegetación es xerófila, con predominio de especies arbustivas. Zona de nidificación de Phalacrocorax atriceps, P. magellanicus, P. gaimardi, Larus dominicanus, L. scoresbii, Sterna maxima, S. eurygnatha, S. hirundinacea, Nycticorax nycticorax, Haematopus palliatus, H. ater, H. leucopodus y Tachyeres patachonicus (fenómeno biológico destacado).
Presencia de Phalacrocorax olivaceus, Chionis alba, Catharacta sp., Phoenicopterus chilensis y Lophonetta specularioides. Área de reproducción de Otaria flavescens (fenómeno biológico destacado) y presencia de Mirounga leonina. La zona ha sido declarada de uso exclusivo científico.
VALOR BIOLÓGICO:
- Poblaciones significativas que dependen de humedales.
- Especies endémicas y amenazadas: sin datos.
- Especies de importancia económica: Phalacrocorax spp., Sterna spp y Otaria flavescens (turismo).
- Especies carismáticas: Otaria flavescens y Phalacrocorax gaimardi.
BENEFICIOS:
Recursos: aves y mamíferos
Funciones: refugio de vida silvestre
Atributos: diversidad biológica
Impactos y amenazas: Actividades petroleras y manejo inadecuado
OBJETIVOS:
- Crear un área protegida con carácter de Reserva Natural, a los efectos de garantizar en el tiempo la biodiversidad existente.
- Concientizar a la población sobre la necesidad de proteger nuestro ambiente natural.
- Proteger la flora y fauna existente, ya que en ese ambiente se encuentran representadas gran parte de las especies marinas del golfo San Jorge.
- Propiciar la educación ambiental e impulsar la formación de una conciencia ciudadana sobre la problemática ecológica de la zona.
- Difundir la presencia de especies de la fauna y flora de la zona, siendo un lugar de interés para el ecoturismo nacional e intercambio de información sobre biología y ecología con las demás regiones
RIO GALLEGOS, 10 DE DICIEMBRE DE 2004
VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre de 2004, mediante la cual se CREA la Reserva Provincial "MONTE LOAYZA", en el marco de lo establecido por la Ley N° 786; y
CONSIDERANDO:
Que consultados que fueran los Organismos que tendrán a su cargo la dirección y el manejo del área en forma provisoria, conforme las previsiones del Artículo 4, se expiden éstos luego de un exhaustivo análisis, resultando coincidentes las críticas a la Ubicación Geográfica de la reserva creada, que se consigna en el ANEXO I de la Ley;
Que resulta necesario definir claramente los límites del área protegida, por ser ésta una de las herramientas principales para contar con un manejo adecuado dentro del área, quedando claro que un punto es insuficiente para definir un área por lo que el texto del Artículo 1 no se condice con el texto del Anexo I, y la escala utilizada para el plano no permite su correcta ubicación;
Que en consecuencia, en atención a que la superficie comprendida en la creación dispuesta por el Artículo 1 resulta de imposible determinación con los datos expresados en el Anexo I, Apartado denominado "Ubicación Geográfica", la Dirección Provincial de Catastro propone nuevos límites de la reserva provincial, elaborados en base a los informes antes mencionados;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 106° de la Constitución Provincial, corresponde la promulgación parcial de la Ley sancionada, vetando el mencionado acápite del Anexo I y ofreciendo texto alternativo;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- VETASE en el Anexo I de la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre de 2004, el Apartado denominado "Ubicación Geográfica" proponiéndose como texto alternativo el que a continuación se transcribe:
"Ubicación Geográfica: La Reserva Provincial Monte Loayza se encuentra ubicada al Sur del Golfo San Jorge y comprende una franja de 200 metros a partir de la línea de más alta marea hacia el continente, entre Punta Nava (Coordenadas Gauss Krüeger X=4789400; Y=3462000) al Oeste y Bahía Sanguineto (Coordenadas Gauss Krüeger X=4796000; Y=3496000) al Este".
Artículo 2°.- PROMULGASE PARCIALMENTE bajo el N° 2737, la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre de 2004 mediante la cual se CREA la Reserva Provincial "MONTE LOAYZA", en el marco de lo establecido por la Ley N° 786.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-
Artículo 4°.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 3680/2004.-
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
RESUELVE
Artículo 1°.- ACEPTAR el Veto y texto alternativo propuesto en el Decreto Nº 3680/2004 de la ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados de fecha 11 de noviembre de 2004, en el Anexo I del Apartado denominado “Ubicación Geográfica” de la Reserva Provincial Monte Loayza.
Artículo 2°.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 26 de Mayo de 2005.-
RESOLUCION REGISTRADA BAJO EL N° 038/2005.-
CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz |
JORGE MANUEL CABEZAS
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz |
RIO GALLEGOS, 14 DE JUNIO DE 2005-06-16
VISTO:
La Resolución N° 038 dictada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 26 de mayo de 2005; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal, dicho cuerpo legislativo acepta el veto y texto alternativo propuesto por este Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 3680/04, al Apartado denominado “Ubicación Geográfica” en el Anexo I de la Ley promulgada parcialmente bajo el N° 2737;
Que en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo, fijando el texto definitivo de la parte observada, atento a las facultades conferidas por la Constitución Provincial;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- TENGASE COMO TEXTO DEFINITIVO del Apartado denominado “Ubicación Geográfica” en el Anexo I de la Ley N° 2737 el que a continuación se transcribe:
“Ubicación Geográfica: La Reserva Provincial Monte Loayza se encuentra ubicada al Sur del Golfo San Jorge y comprende una franja de 200 metros a partir de la línea de más alta marea hacia el continente, entre Punta Nava (Coordenadas Gauss Krüeger X=4789400; Y=3462000 al Oeste y Bahía Sanguineto (Coordenadas Gauss Krüeger X=4796000; Y=3496000) al Este”
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-
Artículo 3°.- Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETON° 16
Investigación
y Textos: Gabriel O. Rodriguez
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