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Laguna Fantasma

Área Intangible Municipal - Rio Negro
 

Jurisdicción:
Provincial

Administración:
Municipal

Visitantes:Si

Fecha Creación: 5 May 1994

Doc. Legal:
Ord. Municipal Nº 332-CM-94

Dominio:
Municipal

 

Area Intangible Municipal
Laguna Fantasma

El 5 de mayo de 1994, luego de intensas gestiones de la Junta Vecinal, con el apoyo mayoritario de los vecinos, del Consejo de Ecología y Medio Ambiente de la Provincia de Río Negro, de la Universidad Nacional del Comahue y de numerosas organizaciones ambientalistas no gubernamentales, el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche sancionaba la Ordenanza Nº 332-CM-94, por la cual se declaró Área Intangible Municipal a la parcela con denominación catastral 19-1P-252-01, que alberga el espejo de agua temporario denominado “Laguna Fantasma” (Besserra, 2006). De esta forma vio la luz un proyecto que desde años antes, los vecinos de Villa Tres Lagos, venían moldeando. Si bien es un área pequeña, de sólo 1 ha, de superficie, es importante como reserva urbana de un Municipio que desde hace más de una década trata con la debida seriedad lo vinculado con las reservas que administra.  

 

Características Físicas

Categoría: Area Intangible Municipal

Provincia:Río Negro - Argentina
Objetivo:amparar zonas de los bosques patagónicos.
Latit. Sur: 41º 05’ Long. Oeste: 71º 28’
Localidad: Tres Lagos - Bariloche (15 km)
Superficie (Ha): 1,1 ha.
Categ. de Manejo:
Area Intangible Munic.
Ecoregiones:
Bosques Andino Patagónicos

Investigación y Textos: Gabriel Omar Rodríguez

 

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