Area Intangible Municipal
Laguna Fantasma
El 5 de mayo de 1994, luego de intensas gestiones de la Junta Vecinal, con el apoyo mayoritario de los vecinos, del Consejo de Ecología y Medio Ambiente de la Provincia de Río Negro, de la Universidad Nacional del Comahue y de numerosas organizaciones ambientalistas no gubernamentales, el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche sancionaba la Ordenanza Nº 332-CM-94, por la cual se declaró Área Intangible Municipal a la parcela con denominación catastral 19-1P-252-01, que alberga el espejo de agua temporario denominado “Laguna Fantasma” (Besserra, 2006). De esta forma vio la luz un proyecto que desde años antes, los vecinos de Villa Tres Lagos, venían moldeando. Si bien es un área pequeña, de sólo 1 ha, de superficie, es importante como reserva urbana de un Municipio que desde hace más de una década trata con la debida seriedad lo vinculado con las reservas que administra.
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