Yaboty

Reserva de la Biosfera - Misiones
 

Categorización

En el marco del Programa de la UNESCO sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), las reservas de biosfera han sido establecidas para promover y demostrar una relación equilibrada entre los seres humanos y la biosfera. Las reservas de esta categoría son designadas por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB a petición del Estado interesado. Las reservas de biosfera, cada una de las cuales está sujeta a la soberanía exclusiva del Estado en la que está situada y por lo tanto sometida únicamente a la legislación nacional, forman una Red Mundial en la cual los Estados participan de manera voluntaria. El artículo 1° de los estatutos del MAB define a estas áreas como: “Las reservas de biosfera son zonas de ecosistemas terrestres o costeros/marinos, o una combinación de los mismos, reconocidas en el plano internacional como tales en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO, de acuerdo con el presente Marco Estatutario”.

A su vez, la legislación de la  Provincia de Misiones establece en el artículo 30° de la Ley  N° 2.932   que: “ La categorización internacional de Reserva de la Biosfera, será un área extensa con protección jurídica a largo plazo, que permitirá la conservación  y  el aprovechamiento armonioso de los recursos naturales.

Comprenderá:
a) 
Ejemplos representativos de biomas naturales.
b) Comunidades únicas o territoriales con características naturales o habituales, de interés excepcional
c)Paisajes armoniosos resultantes de modelos tradicionales de aprovechamiento de la tierra.
d)Ecosistemas modificados o deteriorados que se puedan restituir a su estado natural. Se zonificará de acuerdo a la siguiente ordenación territorial:
a) Zona natural o núcleo,
b) Zona de amortiguación o manipulación,
c) Zona de recuperación o restauración  y 
d) Zona cultural estable.

La Ley Provincial N° 3041, del 26 de agosto de 1993, declara a un amplio sector de territorio como reserva natural provincial asignándole el nombre de “Reserva de la Biosfera Yaboty” . El artículo 2 dice: “Podrán incorporarse a la Reserva, por acto del Poder Ejecutivo  y previa solicitud del propietario, predios linderos a la misma, siempre que reúnan las condiciones a tal fin”.  Luego el Decreto Provincial N° 1.921, del 1º de septiembre de 1993, ratifica los términos de la Ley de creación del área prospectada. Y en el año 1995, una vez cumplimentados los requisitos exigidos por la UNESCO, pasa a integrar la nómina internacional de reservas de esta calidad .

Investigación y Textos: Gabriel O. Rodriguez


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